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Elecciones al Consejo Escolar

Elecciones Consejo escolar

 

                     ELECCIONES     A   CONSEJO      ESCOLAR

                          

15 AL 19  DE  NOVIEMBRE DE 2010

  Este mes de noviembre se renueva parcialmente el Consejo Escolar. Esto quiere decir que salen dos consejeros del sector de padres y dos consejeros del sector de profesores que ya han cumplido los cuatro cursos para los que fueron elegidos.

 

¿POR QUÉ SON TAN IMPORTANTES ESTAS ELECCIONES?

EL CONSEJO ESCOLAR: es el órgano máximo de decisión del centro y cuenta con 5 representantes del profesorado, 5 representantes de padres/madres de alumnos, 1 representante del Ayuntamiento, 1 representante del personal de administración y servicios y el equipo directivo.

Para su mejor funcionamiento se constituyen en su seno comisiones con distintas responsabilidades , formadas por representantes de todos los sectores.

 

La legislación educativa se articula en torno a una educación de calidad. La participación como derecho y deber de todos los sectores de la comunidad educativa, es uno de los pilares que contribuye al cumplimento de este principio, fin y objetivo de la educación.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, concibe la participación como un valor básico para la formación de ciudadanos autónomos, libres, responsables y comprometidos, encomendando, por ello, a las Administraciones Educativas, entre otros aspectos, la garantía de la participación de la comunidad educativa en el gobierno de los centros.

El consejo escolar en cuanto órgano colegiado destinado a promover la participación de la comunidad educativa, representa uno de los ámbitos privilegiados para su ejercicio. En este sentido, los procesos electorales para su formación y renovación se convierten en expresión de la implicación y participación de todos sus agentes, y la visualización de un derecho y un deber. Por ello, es requisito imprescindible la adecuada organización y garantía de desarrollo de este procedimiento que redundará tanto en su calidad como en la promoción del derecho a la participación.

 

CALENDARIO ELECTORAL


FECHA

ACTIVIDAD

8 de octubre

Sorteo de los componentes de la Junta Electoral

13 de octubre

Constitución de la Junta Electoral. Publicación del censo provisional.

13 de octubre al 22 de octubre

Período de reclamación al censo electoral.

18 de octubre al 29 de octubre

Presentación de candidaturas hasta las 14 horas del 29 de octubre en la dirección del centro, donde se puede recoger el modelo oficial.

3 de noviembre

Publicación provisional de candidatos

Hasta el 11 de noviembre

Reclamaciones de candidaturas

15 de noviembre

Proclamación definitiva de candidatos

18 de noviembre

Elección de representantes de padres y madres de alumnos, de  9:30 a 10:30 horas y de 13:30 a 15:30 horas.

19 de noviembre

Proclamación de candidatos electos y suplentes

22 de noviembre

Elección de representantes del profesorado.

Proclamación de candidatos electos y suplentes

29 de noviembre

Sesión de constitución del nuevo Consejo Escolar


 

¿QUÉ DÍA HAY QUE VOTAR?

 

 

PROFESORES……......15 DE NOVIEMBRE.(máximo 2 nombres )

 

MADRES Y PADRES...18 DE NOVIEMBRE.(máximo 2 nombres).

Horario: de 9.30 a 10.30 y de 13.30 a 15.30 horas.

 

 

¿Y SI NO PUEDO IR A VOTAR ESE DÍA?

Sexto.– Voto por correo.

6.1. Con el fin de conseguir la mayor participación posible de los padres y/o tutores del alumnado, éstos podrán emitir su voto por correo, previa comunicación a la Junta Electoral que le facilitará la documentación oportuna, mediante una carta que deberá contener:

– Fotocopia del DNI o documento acreditativo equivalente, considerándose como tal el documento con la firma del interesado conforme al Anexo III.

– Sobre cerrado con la papeleta del voto, que les será facilitada en el centro, debidamente cumplimentada.

Para garantizar el secreto del voto y la identificación del elector se utilizará el sistema de doble sobre.

6.2. Los indicados documentos serán remitidos al Presidente de la Junta Electoral. En el remite del sobre figurará completo el nombre y dos apellidos del votante, así como el centro de destino. Sin estos datos del remitente, no se admitirá el voto por correo.

6.3. Así mismo, la correspondiente documentación, dirigida a la mesa electoral, podrá entregarse también directamente en mano al Director del centro educativo, en su calidad de Presidente de la Junta Electoral hasta el día anterior al de la votación.

6.4. Si a pesar de lo anterior, el votante por correo se presentase el día de las elecciones para ejercer personalmente su derecho al voto, se procederá a anular la papeleta del voto por correo. Esta circunstancia deberá reflejarse en el acta que se redacte al finalizar el escrutinio.

 


 

 

 

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